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trabajar en vacaciones

Con la llegada del verano surgen muchas preguntas en torno a cuestiones laborales relacionas con las vacaciones de los empleados. Una de las más repetidas es si un empleado/a puede trabajar estando de vacaciones. En este post te damos la solución.

¿Es legal trabajar estando de vacaciones?

En ocasiones los empleados se plantean si pueden trabajar en otra empresa durante los días de vacaciones.

Antes de resolver esta cuestión, es importante recordar que todas las personas trabajadoras tienen el derecho de disfrutar de las vacaciones anuales que le correspondan según el tiempo de trabajo.

La normativa laboral indica que en ningún caso la duración será inferior a 30 días naturales.

¿Puedo trabajar en otra empresa estando de vacaciones?

Hay que tener en cuenta que durante el periodo vacacional no existe rotura del contrato laboral, simplemente una pausa en la prestación de servicios, por lo que legalmente el trabajador sí puede trabajar en otra empresa durante sus vacaciones.

Este tema ya quedó resuelto en una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) de 27 de octubre de 2003, permitiendo a un trabajador prestar servicios para otra empresa durante su periodo de vacaciones.

En un primer momento, tanto la jurisprudencia como la doctrina entendían que el hecho de que un empresario contratase a un trabajador previamente contratado por otra empresa y que se encontrase dentro de su periodo vacacional podía ser causa de despido disciplinario, ya que se entendía que infringía la buena fe contractual.

Trabajar estando de vacaciones: cuidado con la competencia desleal

Sin embrago, el TC resolvió este tema permitiendo a los empresarios contratar a trabajadores en esa situación siempre y cuando esto no supusiera una competencia desleal, ya que se deben de respetar los principios de fidelidad, no concurrencia y sigilo profesional. Así lo indica el Estatuto de los Trabajadores: "No podrá efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos empresarios cuando se estime concurrencia desleal o cuando se pacte la plena dedicación mediante compensación económica expresa, en los términos que al efecto se convengan".

Asimismo, el TC interpretó que el empleado no está obligado a descansar en vacaciones y que puede disfrutar de esos días como quiera, incluso trabajando, a condición de que no se produzca competencia desleal, haya un pacto de plena dedicación o pueda perjudicar los intereses de una de las partes.

Teniendo en cuenta la jurisprudencia, se suelen exigir que se cumplan 3 requisitos generales para que se considere que existe competencia desleal:

  1. Que el trabajador desempeñe la actividad dentro del mismo sector.
  2. Que el trabajador utilice lo aprendido en la empresa para beneficiarse.
  3. Que use esos conocimientos adquiridos para perjudicar a la empresa.

Así pues, podemos concluir diciendo que el pluriempleo es legal y está permitido. Una empresa puede contratar al trabajador que mejor convenga para el puesto de trabajo, independientemente de si este ya se encuentra contratado por otra empresa, está de vacaciones o la situación que sea siempre que dicha contratación no constituya un supuesto de competencia desleal.

Ahora bien, no podrá hacerlo si el contrato estipula una cláusula de exclusividad: en ella el firmante se compromete a no realizar labores ni para otro empleador ni por cuenta propia.

¿Eres una empresa y necesitas ayuda? Para más información, puedes contactar con nuestra Asesoría Laboral.

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