prórroga erte marzo 2022

Ya se ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se prorrogan los ERTE COVID hasta finales de marzo de 2022.

Prórroga de los ERTE hasta el 31 de marzo de 2022

Hasta dicha fecha, las empresas afectadas tendrán que transitar de los ERTE COVID a los ERTE previstos en la reforma laboral. Estos son los que recoge el Estatuto de los Trabajadores y los que se aprobaron en diciembre de 2021 para combatir necesidades estructurales.

Por tanto, salvo nueva prórroga que establezca lo contrario, a partir del 1 de abril solo será posible aplicar los ERTE que contempla el Estatuto de los Trabajadores (artículos 47) y el Mecanismo RED.

ERTE: exoneraciones de cotizaciones

Durante el mes de marzo, por tanto, estará vigente de manera transitoria un modelo con exoneraciones en las cotizaciones sociales del 90% en los casos de ERTE por impedimento y del 60% en los casos de empresas que acogidas a un ERTE COVID y desarrollen procesos de formación y del 30% (empresas de menos de 10 trabajadores) y del 20% (más de 10 trabajadores) para aquellos supuestos en los que no se pongan en marcha planes de formación.

Asimismo, durante marzo, las empresas y las personas trabajadoras dispondrán de tiempo para adaptarse a los nuevos mecanismos permanentes incorporados a partir de la reforma laboral aprobada en diciembre.

Durante ese mes de transición, las empresas tendrán tiempo adicional para activar los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), que requieren consultas entre empresa y trabajadores. Durante este plazo también podrán elaborar los planes de formación requeridos.

La “nueva reforma laboral” abre varias posibilidades de mantener la protección a empresas y trabajadores.

Si hablamos de sectores concretos, el Mecanismo RED sectorial incluye exoneraciones del 40%, condicionadas a acciones formativas. En este caso la empresa deberá presentar un plan de recualificación que incluya la realización obligatoria de acciones de formación para posibilitar la recolocación en otro puesto dentro de la misma empresa, o bien en otras empresas.

A nivel de empresa existen también dos opciones que contempla la reforma laboral:

  • ERTE por fuerza mayor, si existen restricciones al desarrollo de la actividad (con un 90% de exoneración) y;
  • ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), con un 20% de exoneración si van acompañados de planes de formación.

¿Las empresas deben hacer una gestión?

Empresas y trabajadores afectados no tendrán que hacer ningún trámite. La prórroga es automática.

La nueva prórroga, además de prolongar los ERTE de limitación e impedimento y los ERTE ETOP COVID, también mantiene los mecanismos de protección vigentes como el contador a cero y la exención de periodo de carencia, mecanismos que, a partir de ahora se aplicarán con carácter estructural a los ERTE de Fuerza Mayor previstos en la Reforma Laboral.

También se prorroga un mes más la prestación extraordinaria para las personas con contrato fijo discontinuo.

A falta de publicación oficial en el BOE, estas son las principales medidas que podemos destacar en relación a la prórroga de los ERTE COVID hasta el 31 de marzo.

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