Noverdades-obligaciones-laborales-2023

Si por algo se está caracterizando el año 2023 en materia laboral es por la cantidad de novedades y nuevas obligaciones que han surgido en este escenario.

Obligación de disponer de un canal de denuncias

La primera novedad, introducida por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, afecta a las empresas que cuentan con más de 50 trabajadores, las cuales deberán tener implementado un canal de denuncias interno antes de que acabe el año.

El plazo para cumplir con esta obligación varía en función del tamaño de la empresa:

  • 13 de junio para organizaciones con 250 trabajadores o más.
  • 1 de diciembre de 2023: para empresas con 249 trabajadores o menos.

No cumplir con esta obligación puede acarrear importantes sanciones para la empresa. ¿Conoces esta obligación, pero no sabes cómo ejecutarla? Tenemos otro post en el que hablamos ampliamente de este tema: cómo implementar un canal de denuncias interno 

Cambios en los partes de baja por incapacidad temporal

El 1 de abril entró en vigor una importante modificación: desde dicha fecha, el facultativo que expida el parte médico de baja/confirmación/alta, pasa a entregar al trabajador tan solo una copia del mismo, no siendo necesario que el trabajador tenga que trasladar una copia de dicho parte a la empresa en la que trabaja.

Desde la entrada en vigor de esta novedad, es el INSS quien debe comunicar a la empresa los datos identificativos de carácter administrativo relativos a los partes médicos.

Para más información, puedes visitar este otro post: el empleado no está obligado a entregar copia de su baja médica.

Nuevas incapacidades temporales a partir de junio

La Ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción del embarazo introduce nuevos supuestos especiales de incapacidad temporal, los cuales entrarán en vigor en junio de 2023:

  • Menstruación incapacitante secundaria.
  • Interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo.
  • Últimas semanas de gestación (a partir de la semana 39)

Para este caso también contamos con otro post en el que hablamos de cada una de las nuevas bajas laborales: Nuevas bajas laborales a partir de junio

Alta obligatoria en la seguridad social de los becarios

El 17 de marzo se publicó un Real Decreto por el cual se modifica la cotización a la seguridad social de los becarios. La principal novedad que introduce esta norma es que, a partir de octubre de 2023, las empresas que cuenten con la llegada de becaros deberán darles de alta en la Seguridad Social, reciban o no remuneración.

Contenido de interés que amplía esta novedad laboral: becarios y seguridad social: qué debes saber como empresa .

El SMI también ha aumentado en 2023

Como quinta novedad laboral que de momento nos ha dejado el 2023 destacamos la subida del SMI de un 8%. En 2023 ha quedado fijado de esta manera:

  • 260 euros en 12 pagas.
  • 1080 euros en 14 pagas.
  • Al año: 15.120 euros.

En cambio, en 2022 el SMI era de:

  • 166,66 euros en 12 pagas.
  • euros en 14 pagas.
  • Al año: 14.000 euros.

En cuanto a las bases de cotización, de cara al año 2023 se ha incrementado la base máxima de cotización un 8,6% hasta los 4.495 euros mensuales (149,85 euros diarios) Por otra parte, las bases mínimas de cotización 2023 son de 1.260 euros.

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional, también presente

Por último, es importante recordar la cotización adicional que se empezó a aplicar en enero de 2023 y que es de aplicación paulatina tanto para el profesional como para la empresa.

Hablamos del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, un sistema que ija un incremento de cotización de 0,6 puntos porcentuales aplicado sobre la base de contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en la que exista la obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación. En 2023:

  • las empresas asumen un 0,5%;
  • los empleados pagan el 0,1% restante.

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