Novedades en la campaña de la renta 2018

Desde el 2 de abril de 2019, los contribuyentes pueden obtener el borrador y los datos fiscales de la declaración del IRPF 2018 por medios telemáticos en la sede electrónica de la AEAT, en el Servicio de tramitación del borrador/declaración, al que se puede acceder a través del portal de la Agencia Tributaria en Internet.

Forma de presentación de la declaración de la renta

En cuanto a la presentación de la declaración de renta, ya no es posible obtener la declaración y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso.

En su lugar, la declaración debe presentarse:

  • a través de internet, en la sede electrónica de la AEAT;
  • a través del teléfono;
  • en las oficinas de la AEAT previa solicitud de cita, así como en las oficinas habilitadas por las CCAA, ciudades con Estatuto de Autonomía y EELL para la confirmación del borrador de declaración.

Novedades en la declaración de la renta 2018

En cuanto a las novedades de este ejercicio 2018, cabe destacar:

  • Rentas bajas: quedan exentos de pagar IRP las personas que ingresen hasta 14.000€ anuales (antes el límite era de 12000€); en cualquier caso, aquellos que tengan ingresos inferiores a 22.000€ anuales de un solo pagador no están obligados a presentar declaración;
     
  • Maternidad y paternidad: las prestaciones por maternidad y paternidad están exentas de pagar IRPF, como consecuencia de la sentencia del TS; asimismo, se elevan las deducciones por maternidad, permitiendo deducirse hasta 1000€ adicionales para madres trabajadoras con hijos en guardería;
     
  • Familias numerosas: aumenta en 600€ la deducción por cada nuevo hijo para familias numerosas y se amplían las de discapacitados a cargo;
     
  • Autónomos: el BOE recoge la introducción de dos nuevas casillas dentro del apartado «Rendimientos de actividades económicas en estimación directa», para identificar los gastos por suministros como fiscalmente deducibles para los autónomos que trabajen desde casa; y se incorpora una deducción a unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo.

Modelos de declaración IRPF e IP ejercicio 2018

El pasado miércoles, 13 de marzo, el BOE publicó los modelos de declaración del IRPF e IP del ejercicio 2018,  que han de utilizar tanto los contribuyentes obligados a declarar en el ejercicio 2018, por uno o por ambos impuestos, como aquellos contribuyentes del IRPF, no obligados a declarar que soliciten la devolución derivada de la normativa de dicho impuesto que, en su caso, les corresponda.

En el caso del IRPF, los modelos que se aprueban son:

  • Modelo D-100. Declaración del IRPF;
  • Modelo 100. Documentos de ingreso o devolución de la declaración del IRPF; y
  • Modelo 102. Documento de ingreso del segundo plazo de la declaración del IRPF.

En el caso del Impuesto sobre el Patrimonio, se aprueban los siguientes modelos:

  • Modelo D-714. Declaración de IP. Ejercicio 2018; y
  • Modelo 714. Impuesto sobre el Patrimonio 2018. Documento de ingreso.

El modelo reproduce la misma estructura de contenidos de la declaración del ejercicio 2017, y mantiene la presentación electrónica a través de Internet, como forma de presentación exclusiva, utilizando:

  • certificados electrónicos reconocidos;
  • el sistema «Cl@ve PIN»; o
  • consignando el NIF del obligado u obligados tributarios y el número de referencia del borrador o de los datos fiscales.

En el caso del Impuesto sobre el Patrimonio, los plazos de presentación serán son los siguientes entre los días 2 de abril y 1 de julio de 2019, ambos inclusive; en el caso de domiciliación bancaria de las declaraciones, el plazo será desde el 2 de abril hasta el 26 de junio de 2019, ambos inclusive.

Al igual que en anteriores ejercicios, se mantiene la exigencia de que los sujetos pasivos que presenten declaración por el IP deben utilizar la vía electrónica o, en su caso, la vía telefónica, para la presentación de la declaración del IRPF o para la confirmación del borrador.

Este contenido es general y meramente informativo. Para cualquier cuestión relacionada con la campaña de la renta, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de profesionales.

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