Novedades del anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal

El Consejo de Ministros ha informado del anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, que incluye un amplio abanico de cambios regulatorios dirigidos a asentar parámetros de justicia tributaria y facilitar las actuaciones tendentes a prevenir y luchar contra el fraude.

Asimismo, ha iniciado el trámite del anteproyecto de Ley sobre la creación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.

Novedades del anteproyecto:

Control de las criptodivisas

Se establecerán nuevas obligaciones para obtener información sobre la tenencia y operaciones con monedas virtuales.

Se exigirá información sobre los saldos y los titulares de las monedas en custodia, además de información sobre las operaciones con criptomonedas (adquisición, transmisión, permuta, transferencia). También se establecerá la obligación de informar en el modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior sobre la tenencia de monedas virtuales situadas en el extranjero.

Prohibición del "software de ocultación de ventas"

Se prohibirá el uso de programas informáticos que permitan la manipulación de la contabilidad.

Los sistemas informáticos o electrónicos que soporten procesos contables o de gestión empresarial deberán contar con ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inviolabilidad de los registros de operaciones. Además, existirá la posibilidad de someter dichos sistemas a certificación por vía reglamentaria y se establecerá un régimen sancionador específico en los casos de fabricación de estos dispositivos o su tenencia sin la adecuada certificación.

Prohibición de amnistías

Las amnistías fiscales estarán prohibidas. No podrá haber beneficios tributarios injustificados que supongan una quiebra del deber de contribuir al sostenimiento de gastos del Estado.

Lucha contra los paraísos fiscales

Se actualiza y amplía el concepto de paraíso fiscal, atendiendo a criterios de equidad fiscal y transparencia. Además, se habilitará al Gobierno para actualizar la lista de paraísos.

Asimismo, se incorporarán nuevos motivos para la inclusión en dicha lista de paraísos, como territorios donde exista una baja o nula tributación, territorios donde haya opacidad y falta de transparencia, al no existir un efectivo intercambio de información tributaria con España sobre el titular real de los bienes o derechos; o que se faciliten instrumentos que permiten atraer beneficios sin una actividad económica real en el país.

La lista de paraísos fiscales deberá ser actualizada periódicamente, con un enfoque dinámico.

Endurecimiento de la limitación en efectivo

Se limitará el pago en efectivo para determinadas operaciones económicas, que pasará de 2.500 a 1.000 euros para el supuesto de operaciones entre empresarios. No obstante, se mantiene el límite de 2.500 euros para los pagos realizados entre particulares.

Además, se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.

Normas antielusión

Entre otras medidas que contempla este anteproyecto de Ley se encuentra la transposición de la directiva europea antielusión fiscal, conocida como ATAD, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el mercado interior.

En el caso de España esto implica el fortalecimiento del régimen de Transparencia Fiscal Internacional (TFI) y de la denominada Imposición de Salida ('Exit Tax') para reforzar la tributación en España de rentas que se venían localizando en territorios de baja fiscalidad, y así evitar su deslocalización, y para asegurar que las empresas que se trasladen a otro país no dejen de tributar por bases imponibles que legalmente deben quedar gravadas en España.

Con esta imposición de salida se pretende garantizar que, cuando una empresa traslade sus activos o su residencia fiscal fuera del Estado, dicho Estado grave el valor económico de cualquier plusvalía creada en su territorio, aun cuando la plusvalía todavía no se haya realizado en el momento de dicho traslado de activos.

Además, este anteproyecto de Ley contempla medidas para aligerar el volumen de litigiosidad con los contribuyentes y fomentar el pago voluntario.

La Agencia Tributaria va a crear una unidad de control de grandes patrimonios. También se están mejorando las herramientas de análisis de riesgo en la Agencia Tributaria, la obtención de información en fuentes abiertas o el big data.

Impuesto sobre Transacciones Financieras

El Consejo de Ministros ha iniciado el trámite del anteproyecto de Ley sobre la creación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, para reforzar el principio de equidad del sistema tributario y contribuir al objetivo de consolidación de las finanzas públicas.

La configuración de este impuesto sigue la línea adoptada por países del entorno, como Francia o Italia, lo que contribuye a una mayor coordinación de estos gravámenes en el ámbito europeo.

Se trata de un impuesto indirecto que grava con un 0,2% las operaciones de adquisición de acciones de sociedades españolas, con independencia de la residencia de los agentes que intervengan en las operaciones, siempre que sean empresas cotizadas y que el valor de capitalización bursátil de la sociedad sea superior a los 1.000 millones de euros. El sujeto pasivo es el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición.

Entre las adquisiciones que estarán exentas de dicho gravamen, cabe destacar las operaciones del mercado primario, las necesarias para el funcionamiento de infraestructuras del mercado, las de reestructuración empresarial, las que se realicen entre sociedades del mismo grupo y las cesiones de carácter temporal.

Ley contra el fraude fiscal

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