Moratoria de cuotas para empresas y autónomos

La Tesorería General de la Seguridad Social ha reflejado en un boletín diversas aclaraciones sobre las últimas medidas adoptadas en la situación actual de estado de alarma.

Aplicación de la moratoria de cuotas para las empresas

Hace escasos días se establecieron por Orden Ministerial los 12 sectores que pueden solicitar la moratoria de las cotizaciones sociales. Tras la publicación, la TGSS aclara ciertas cuestiones ampliando información en relación a las especificaciones para su solicitud por las empresas a partir del 1 de mayo:

  • dichas solicitudes se presentarán exclusivamente a través del Sistema RED; esto es, un medio a través el cual las empresas y la TGSS interactuan para el intercambio de documentos e información;
  • para poder identificar los CCC (Códigos de Cuenta de Cotización) y periodos de liquidación respecto de los que se solicite la moratoria se ha introducido un cambio de la funcionalidad: ‘’Anotación de Convenios Colectivos en CC’’, que pasa a llamarse ''Anotación Causa Peculiaridades de Cotización en CC'';
  • para poder solicitar la moratoria en la plantilla inicial hay que seleccionar la opción ‘’Anotación moratoria COVID-19’’ y rellenar los campos necesarios;
  • se debe enviar una solicitud por cada CCC distinto respecto del que se pretenda acceder a la moratoria en el pago de cuotas a la Seguridad Social

Aplicación de la moratoria de cuotas para autónomos

  • las solicitudes de la base reducida de los autónomos que están en situación de pluriactividad se tendrán que presentar a través del Sistema RED;
  • en cuanto a la moratoria, se solicitará a través del servicio llamado ‘’Solicitud Moratoria COVID 19 o de base reducida por pluriactividad RETA’’

Para más información, contacta con nuestra asesoría fiscal sin compromiso

dudas

¿Tienes alguna duda?

Si tienes alguna alguna duda acerca de "Moratoria de cuotas para empresas y autónomos " ponte en contacto con nosotros.

Contacta ahora
Anterior
Siguiente