El impacto del Brexit en las relaciones España - Reino Unido

A la espera de conocer alguna novedad para llegar a una salida negociada del Reino Unido de la Unión Europea, existe un gran nivel de incertidumbre y de inseguridad jurídica sobre las posibles consecuencias que la salida de la UE podría acarrear para las relaciones comerciales entre España y Reino Unido. 

Se contemplan dos posibles escenarios:

hay acuerdo brexit Si hay acuerdo

El acuerdo de retirada contempla un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020, durante el que se seguirá aplicando la legislación europea en el Reino Unido en relación al mercado interior, unión aduanera y las políticas de la UE.

no hay acuerdo brexit Si no hay acuerdo

A partir del día 30 de marzo, Reino Unido pasaría a tener la condición de tercer país y, por tanto, las mercancías que se envíen a Reino Unido se tratarán como las enviadas a cualquier otro país con quien la Unión Europea no haya suscrito ningún acuerdo comercial o de otro tipo que pueda afectar a las formalidades aduaneras.

Entre otras cuestiones, como así indica en su web la Agencia Tributaria, eso implica que para enviar mercancía a Reino Unido habrá que presentar una declaración de exportación.

Además, esta situación podría tener un efecto significativo en la organización y/o en flujos logísticos de los operadores económicos, por lo que resulta necesario evaluar dicho impacto y adelantar, en la medida de lo posible, las tramitaciones necesarias.

 

 

comercio Comercio con el Reino Unido

La Agencia Tributaria está enviando a aquellos contribuyentes con especiales relaciones con el Reino Unido una comunicación en la que informa sobre la situación en la que quedarían dichas operaciones si llegado el 29 de marzo de 2019 no se aprobase el acuerdo del Brexit. Principalmente, implicaría que las operaciones realizadas con las islas británicas dejarán de tener la consideración de operaciones intracomunitarias, pasando a ser consideradas como exportaciones o importaciones, generándose todas las obligaciones aduaneras aparejadas.

Ante la posibilidad de que no se alcance un acuerdo de retirada que, entre otras cuestiones, prevea un período transitorio, la Agencia Tributaria realizará las adaptaciones necesarias en los sistemas informáticos para garantizar la normal tramitación aduanera tras la salida, e intensificará la información a los operadores a través de su página web, como así se contempla en «las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2019» publicado en el BOE el pasado 17 de enero.

derechos residentes Derechos de los residentes

No sólo las relaciones comerciales se verán afectadas en función de los posibles escenarios que se plantean, sino que la situación jurídica de los residentes británicos en España también se verá alterada si se opta por una u otra vía.


 acuerdoSi hay acuerdo

Hasta el 29 de marzo, todos los residentes británicos y sus familias podrán permanecer en España bajo las mismas condiciones que las que venían disfrutando actualmente. A partir del 1 de abril pasarán a ser considerados no nacionales de la UE y, como tales, precisarán de un nuevo permiso de residencia y trabajo. 
El Acuerdo de Brexit prevé que, aquellos nacionales británicos con residencia documentada en España con fecha anterior a 29 de marzo, es decir, que estén en posesión de un Certificado de Registro como Residentes nacionales de la UE, a partir del 1 de abril dispondrán de un periodo transitorio durante el cual deberán solicitar un nuevo permiso de residencia especialmente habilitado, sin coste alguno.


no hay acuerdo brexit Si no hay acuerdo

Si no hubiera acuerdo Brexit, los ciudadanos británicos residentes en España pasarían a tener la consideración de nacionales no UE, y como tales, precisarían de un permiso de residencia para poder seguir residiendo y trabajando en España.

No obstante, la Comisión Europea ha recomendado a los Estados Miembros en los que exista un gran número de residentes británicos que adopten un permiso de residencia temporal hasta que se establezca un permiso permanente. Los Países Bajos ya han emitido una comunicación a todos los residentes británicos en este sentido, y el Gobierno español ha aprobado un Plan de Contingencia para garantizar los derechos de residentes británicos en caso de no alcanzarse un acuerdo, de forma que puedan permanecer en España. Al respecto, hay que tener en cuenta tres consideraciones:

  • Toda persona que haya residido en España legalmente durante más de 5 años, puede solicitar una residencia permanente; por ejemplo, británicos que el 1 de abril dejen de ser ciudadanos de la UE;
     
  • Aunque no salga adelante el acuerdo, el Gobierno español asumiría de manera unilateral lo contenido en el acuerdo de retirada elaborado por la Comisión europea publicado el pasado 14 de noviembre, en relación con los derechos de los trabajadores británicos, a efectos migratorios y de Seguridad Social;
     
  • En caso de que no exista ni acuerdo ni implementación unilateral, habrá que remitirse a la legislación vigente que permitirá a los ciudadanos residentes británicos obtener un permiso de residencia y de trabajo, en la gran mayoría de casos.

obligaciones Obligaciones para trabajadores y empresas

Las empresas españolas que tengan contratados a empleados británicos deberán saber cómo prepararse ante el posible escenario de no alcanzar un acuerdo de salida de la UE.

Un “Brexit duro” implicaría el fin de la libre circulación y trabajo de los ciudadanos británicos en España. Por tanto, a partir del 29 de marzo, las empresas que tengan contratados a trabajadores británicos deberán acreditar la residencia legal y el derecho a trabajar de sus empleados ante una eventual inspección. En caso contrario, podrían enfrentarse a sanciones por contratar trabajadores en situación irregular (además de posibles consecuencias en caso de accidente laboral y abono de cotizaciones atrasadas).

No obstante, el Plan de Contingencia elaborado por el Gobierno español pretende garantizar los derechos de los trabajadores británicos respecto al cobro de pensiones y prestaciones de la seguridad social, y mitigar en gran parte los posibles efectos adversos que una salida no negociada de la UE tendría para los derechos de los trabajadores británicos en España.

En cualquiera de los escenarios, es imprescindible que las empresas que cuenten con trabajadores de nacionalidad británica se aseguren que dichos trabajadores cuentan con un Certificado de Registro UE con fecha anterior al 29 de marzo.

Trabajadores españoles en Reino Unido

Según consta en la web de la Embajada de España en Londres, en virtud del acuerdo de retirada elaborado por la Comisión europea, los ciudadanos españoles que quieran trabajar (o seguir haciéndolo) en el Reino Unido después del 30 de junio de 2021, deberán registrarse en un nuevo sistema llamado “EU Settlement Scheme”. Este sistema estará operativo desde el 30 de marzo de 2019 hasta el 30 de junio de 2021.

Por otro lado, aquellos ciudadanos que lleven residiendo en el Reino Unido de forma continuada 5 años o más obtendrán el 'settled status' o estatus de asentado. Si el ciudadano lleva menos de 5 años residiendo en el Reino Unido obtendrá el 'pre-settled status' o estatus de pre-asentado.

estudios Homologación estudios

Existen una serie de profesionales reguladas en España cuyo ejercicio exige la colegiación en su Colegio profesional. Por ejemplo, en el caso de los médicos, arquitectos y abogados. A la hora de proceder con la colegiación, el Colegio profesional verificará si el título universitario habilitante es, o bien emitido por una universidad española, o bien reconocido por el Ministerio de Educación.

Mientras Reino Unido permanezca en la UE, la legislación prevé una vía sencilla y ágil para acceder al reconocimiento. Una vez que RU abandone la UE, los títulos que emiten sus universidades no podrán ser reconocidos en España sin superar el proceso de homologación. Aunque hay que hacer hincapié en que esto solo afecta si se desarrolla una profesión regulada que exija colegiación.

Por este motivo, se recomienda a todas las personas, ya sean británicas o españolas con título universitario británico que pueda precisar de colegiación para desarrollar un puesto de trabajo, iniciar con carácter urgente el proceso de reconocimiento de título antes del 29 de abril.

 

Este contenido es general y meramente informativo. Si deseas asesoramiento en extranjería, no dudes en contactar con nuestro equipo de profesionales.

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