Deducción en IRPF por gastos de guardería y ayuda doméstica

Los gastos derivados de la vuelta a la guardería o de la contratación del personal destinado al cuidado de los niños pueden dar lugar a deducciones en la declaración del IRPF. Dependiendo de cada Comunidad Autónoma, se contemplan deducciones por los gastos realizados en dichas actividades.

Ofrecemos una lista dividida por Comunidades Autónomas en la que podrás comprobar si se contemplan o no dichas deducciones. Para poder deducirse este tipo de gastos será necesario, de manera general, que concurran una serie de requisitos en la fecha del devengo del impuesto, por lo que aconsejamos que se ponga en contacto con nuestra Asesoría Fiscal para que evalúe cada caso concreto.

Deducciones por ayuda doméstica o gastos de guardería

Deducción de IRPF por ayuda doméstica o guardería en Andalucía

En Andalucía se prevé ayuda doméstica, pero no deducciones por los gastos soportados en el colegio. Concretamente, la cantidad deducible es de un 15% del importe satisfecho a las arcas de la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual del empleado, con un límite máximo de 250 euros anuales.

Deducción de IRPF por ayuda doméstica o guardería en Aragón

Los contribuyentes en Aragón podrán deducirse el 15% de las cantidades satisfechas por los gastos de custodia de hijos que tengan menos de 3 años en guarderías o centros de salud infantil, respetando siempre un máximo de 250 euros por cada hijo inscrito en el centro. No obstante, en el periodo impositivo en el cual el niño cumpla 3 años, el limite pasa a ser de 125 euros.

Deducción de IRPF por ayuda doméstica o guardería en Asturias

La deducción para los asturianos corresponde al 15% de las cantidades satisfechas en concepto de gastos de descendientes en centros de 0 a 3 años, con el límite de 330 euros por cada descendiente que no supere dicha edad.

Deducción del IRPF por ayuda doméstica o guardería en I. Baleares

En este caso, los contribuyentes podrán deducir el 40% del importe anual por los gastos derivados de la prestación de los siguientes servicios a descendientes o acogidos siempre que tengan menos de 6 años:

  • estancias de niños (0-3 años) en centros de educación infantiles o guarderías;
  • servicio de custodia, de comedor y actividades desarrolladas fuera del horario escolar en centros educativos (en niños de 3 a 6 años);
  • contratación laboral de una persona destinada al cuidado del menor.

La deducción por estos gastos en Islas Baleares tiene un límite máximo de 600 euros anuales por cada hijo.

Deducción del IRPF por ayuda doméstica o guardería en Canarias

En las Islas Canarias los contribuyentes tienen el derecho a deducir el 15% de las cantidades satisfechas en gastos de guardería en niños menores de 3 años, con un máximo de 400 euros anuales por cada niño.

Deducción del IRPF por ayuda doméstica o guardería en Cantabria

En este caso procede el 15% de las cantidades satisfechas en gastos de guardería de los hijos o adoptados menores de 3 años. El límite para Cantabria está fijado en 300 euros anuales por cada hijo menor de 3 años. Si se diera la situación de que el menor cumpliera 3 años durante el ejercicio, la deducción puede aplicarse hasta el día en que cumpla esa edad. En tal caso se prorratearán las cantidades satisfechas en el mes en el que cumpla los 3 años.

En cuanto a la ayuda doméstica, la cuantía de la deducción será del 15% del importe satisfecho por el empleador a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado/empleada de la vivienda familiar.  Esta deducción también tendrá un límite máximo de 300 euros al año.

En Castilla La-Mancha no existe esta deducción

Deducción IRPF por ayuda doméstica o guardería en Castilla-León

Aquellos contribuyentes que, por motivos laborales (incluidos autónomos), tengan que dejar a sus hijos menores de 4 años al cargo de una persona empleada de hogar o llevarle a una guardería o centro infantil, podrán optar por deducirse alguna de estas cantidades:

  • el 30% de las cantidades satisfechas en el período impositivo a la persona empleada del hogar, con un límite máximo de 322 euros;
  • el 100% de los gastos satisfechos de preinscripción y de matrícula, así como los gastos de asistencia en horario general y ampliado y los gastos de alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos, en Escuelas, Centros y Guarderías Infantiles de la Comunidad de Castilla y León, inscritas en el Registro de Centros para la conciliación de la vida familiar y laboral, con el límite máximo de 1.320 euros.

Asimismo, a los residentes de la Comunidad Autónoma de Castilla y león se les podrá aplicar la deducción (del 15%) por cuotas a la Seguridad Social de empleados de hogar, con el límite máximo de 300 euros.

En Cataluña no existe esta deducción

Deducción IRPF por ayuda doméstica o guardería en Extremadura

Nueva medida de conciliación por la crisis del Covid-19: deducción del 10% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por dejar a hijos menores de hasta 14 años al cuidado de una persona empleada del hogar o en guarderías, centros de ocio, campamentos urbanos, centros deportivos, ludotecas o similares, por motivos de trabajo. El límite queda fijado en 400 euros por unidad familiar.

Deducción IRPF por ayuda doméstica o guardería en Galicia

Aquellos contribuyentes que por motivos laborales tengan que dejar a sus hijos menores al cuidado de una empleada del hogar o en una escuela infantil de 0 a 3 años, podrán deducir el 30% de las cantidades satisfechas en el periodo correspondiente. El límite máximo varía:

  • será de 400 euros como norma general;
  • podrá ascender hasta los 600 euros si los contribuyentes tienen dos o más hijos, siempre y cuando se cumplan unos requisitos específicos.

Deducción IRPF por ayuda doméstica o guardería en Madrid

En la Comunidad de Madrid los contribuyentes podrán deducir:

  • el 20% de las cuotas ingresadas por el contribuyente por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados del Hogar, con un límite establecido en 400 euros al año;
  • el 30% cuando se trate de una familia numerosa, con un límite fijado en 500 euros anuales.

Deducción IRPF por ayuda doméstica o guardería en Murcia

En Murcia, los contribuyentes podrán deducir el 20% de las cantidades satisfechas por gastos en educación durante la etapa del Primer Ciclo de Educación Infantil. Esta etapa tiene que ser cursada en los centros autorizados e inscritos en la Consejería Competente en materia de educación. El límite queda fijado en 1.000 euros por cada uno de los hijos o descendientes a los que se le reconozca el derecho a la deducción.

A su vez, se contempla la deducción por la contratación de una persona para atender o cuidar a sus descendientes menores, del 20% de las cuotas ingresadas por cotizaciones por el empleado de hogar, con el límite de 400 euros.

Deducción IRPF por ayuda doméstica o guardería en La Rioja

En este caso se podrá aplicar una deducción del 30 % de los gastos en escuelas infantiles, centros infantiles o personal contratado para el cuidado de hijos hasta los 3 años escolarizado, con el límite máximo de 600 euros por menor. En La Rioja existen determinados requisitos, como por ejemplo que el contribuyente fije su residencia habitual en pequeños municipios de La Rioja y la mantengan a la fecha del devengo.

También cabe una deducción de hasta 600 euros anuales (depende de la base liquidable) por cada hijo de 0 a 3 años escolarizado en escuelas o centros infantiles de cualquier municipio de La Rioja.

Deducción IRPF por ayuda doméstica o guardería en Valencia

En la Comunidad Valenciana se podrá aplicar una deducción del 15% de los gastos de custodia en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil, de hijos o acogidos en la modalidad de acogimiento permanente, menores de 3 años. En tributación conjunta, el límite máximo de la deducción será de 270 euros por cada hijo.

Fuente: Página web de la Agencia Tributaria. Diciembre 2020.

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