¿Cuándo se declara el IVA de los anticipos?

Es común que las empresas reciban un anticipo de sus clientes a cuenta de una operación que se hará más adelante. Le explicamos cómo debe declarar el IVA de tales anticipos.

Cuando su empresa recibe un anticipo debe emitir una factura completa por el importe anticipado, que incluirá el IVA correspondiente.

El IVA en los anticipos

En consecuencia, deberá ingresar el IVA en la declaración correspondiente a la fecha de cobro del anticipo, y no en la declaración correspondiente a la fecha de la operación.

Sin embargo, cuando se realice la venta definitiva en un futuro, se deberá emitir la factura definitiva, descontando en ese momento la cantidad recibida como anticipo, de tal forma que en esta factura figura el IVA que resta por facturar.

Por otro lado, tenga en cuenta que en el modelo 347 o declaración anual de operaciones con terceros, la información se desglosa por trimestres, si el anticipo y la operación son en trimestres distintos, podrían producirse incoherencias entre la declaración del deudor y la del acreedor.

Por tanto, para evitar la posible sanción por ingresar el IVA fuera de plazo y por la incorrección en la declaración de operaciones con terceros, si se encuentra en esta situación, le recomendamos que repercuta el IVA de los anticipos y los ingrese en el momento de su cobro, y no en la declaración correspondiente a la fecha de la factura.

Para más información, puede contactar con nuestro experto asesor de impuestos e IVA.

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