¿Cómo se deben fijar las vacaciones de los trabajadores?

Uno de los derechos más importantes que tienen los trabajadores son las vacaciones. Por eso, es muy importante conocer cómo se regulan, así como algunas aplicaciones prácticas de las mismas.

Procedimiento de solicitud

El procedimiento de solicitud de vacaciones depende de la empresa u organización, siendo lo más habitual que dicho procedimiento aparezca recogido en el Reglamento de la empresa. 

Por norma general, se suele establecer un mecanismo para comunicar la solicitud de vacaciones entre trabajador y empresa, así como los plazos de preaviso. Es por eso que muchas compañías facilitan a principios de año el calendario laboral con los días laborables y festivos, así como los periodos de vacaciones y turnos disponibles para que los trabajadores puedan planificar y elegir con antelación sus vacaciones.

El período o períodos de disfrute se establecen según el acuerdo al que lleguen empresario y trabajador. En su caso, de conformidad con lo establecido en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.

Por lo que respecta al calendario de vacaciones, se fija en cada empresa. Ahora bien, el trabajador deberá conocer las fechas que le corresponden 2 meses antes, al menos, del comienzo del disfrute. Salvo que el Convenio Colectivo establezca un plazo superior.

Asimismo, es conveniente que se otorguen las vacaciones por escrito, para evitar problemas y que la empresa pueda proceder a un despido disciplinario por abandono del puesto de trabajo y que no se tenga prueba alguna de que se está disfrutando del periodo de vacaciones.

En caso de desacuerdo entre las partes, se deberá acudir a los tribunales competentes que fijarán la fecha que para el disfrute. Una decisión que será irrecurrible.

Una vez hayan pasado más de 20 días hábiles desde la notificación del calendario de vacaciones al trabajador, este ya no tendrá derecho a modificar las fechas.

Si no se hubieran notificado individualmente los períodos de disfrute (no hay obligación de hacerlo), el plazo de 20 días empezaría a computar desde que el calendario de vacaciones se hubiera publicado en el tablón de anuncios del centro de trabajo.

Para más información, puedes contactar con la asesoría laboral de GD Asesoría.

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