Cómo disfrutar del permiso de lactancia por cuidado de hijo

Como comentamos en el post “Novedades sobre el permiso de lactancia” el RD-Ley 6/2019, introduce importantes novedades en materia de lactancia, como por ejemplo, el ejercicio corresponsable de ambos padres del cuidado del lactante desde los 9 meses hasta los 12 meses de edad. Sin embargo, la aplicación de la nueva normativa genera algunas dudas.

Disfrute individual para el padre y la madre hasta los 9 meses

Como premisa, hay que señalar que la titularidad del derecho al permiso no es solo de la madre, sino individual de cada uno de los dos progenitores (art. 37.4 ET). Por lo tanto, el disfrute individual del derecho al cuidado del lactante puede ser ejercitado por ambos progenitores hasta que el mismo cumpla 9 meses. En este caso, el padre tiene derecho a disfrutar del permiso del cuidado del lactante independientemente de que la madre lo disfrute también y de que esta trabaje o no.

De manera que, como cada progenitor tiene reconocido su derecho al cuidado del lactante, podrán ambos disfrutarlo a la vez, salvo que sean trabajadores de la misma empresa. En este caso, la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas, que deberá comunicar por escrito.

Disfrute corresponsable de 9 a 12 meses de edad del menor

Por otro lado, la norma introduce como novedad el disfrute corresponsable desde que el lactante cumpla 9 meses y hasta los 12 meses de edad del menor, tal y como establece el art. 37. 4 ET: “Cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses”.

En este caso, ¿deben trabajar los dos progenitores?

Para este permiso, es necesario que ambos progenitores estén trabajando (por cuenta ajena) durante ese período de los 9 a los 12 meses de edad del lactante, ya que el artículo dice “ejerzan este derecho”, lo que solo puede darse cuando el otro progenitor trabaja también por cuenta ajena y, por tanto, puede acceder a los derechos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores.

En consecuencia, para el disfrute de las horas de permiso de lactancia hasta los 9 meses del lactante basta con que trabaje quien quiera disfrutar de su permiso de lactancia, sin embargo, para el disfrute de las horas de lactancia de los 9 hasta los 12 meses, deben trabajar ambos progenitores.

Como explica Mercedes Sierra, asesora laboral de GD Asesoría (Zaragoza), “se trata de una de las muchas medidas que pretender garantizar la efectividad de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Hoy en día, persisten unas desigualdades intolerables en las condiciones laborales de mujeres y hombres, al menos si una sociedad aspira a ser plenamente democrática, resulta necesaria la elaboración de un nuevo texto articulado integral y transversal en materia de empleo y ocupación, que contenga las garantías necesarias para hacer efectivo tal principio, con base en los artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española. Se trabaja con la finalidad de dar un paso más hacia la plena igualdad, este real decreto-ley contiene 7 artículos que se corresponden con la modificación de siete normas con rango de ley que inciden de forma directa en la igualdad entre mujeres y hombres”.

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