Calendario del contribuyente 2017

La Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario del contribuyente para el 2017, con lo que se facilita el conocimiento de las principales obligaciones tributarias estatales, periódicas y no periódicas, modelos de declaración y plazos a lo largo del ejercicio 2017.

Hay que tener en cuenta que  este calendario se ha confeccionado en diciembre de 2016, habiendo proyectos normativos en tramitación.

Novedades

  • El 5 de abril de 2017 se inicia el plazo de presentación, exclusivamente por Internet, de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2016. Desaparece el Programa PADRE que es sustituido por el Sistema Renta WEB, el cual se generaliza para todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas.
  • Se implanta un nuevo sistema de llevanza de libros registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, el SII, consistente en el suministro electrónico de los registros de facturación, a partir del 1 de julio de 2017
  • Se amplía el plazo de presentación del modelo 290 “Declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses (FATCA)”: desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo.
  • Se presentarán por primera vez en 2017 los siguientes modelos:
  • Modelo 217 “Gravamen especial sobre dividendos o participaciones en beneficios distribuidos por Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. Impuesto sobre Sociedades. Autoliquidación” (SOCIMI): dos meses desde el día del acuerdo de distribución de beneficios.
  • Modelo 231 “Declaración de información país por país”: doce meses siguientes a la finalización del período impositivo.
  • Modelo 289 “Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua”, a presentar por instituciones financieras desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo. Este modelo sustituye al modelo 299 que sólo para el 2016, se presentará exclusivamente para los residentes en Aruba y San Martín.
  • Modelo 364 "IVA. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado".
  • Modelo 365 "IVA. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado".
  • Modelo 589 “Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. Autoliquidación y pago fraccionado”. Desde el 1 al 20 de abril.

Para más información, puede contactar con nuestro asesoría fiscal integral.

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