Modificación de la base de cotización como autónomo

Desde el pasado 1 de enero, los autónomos pueden cambiar de base de cotización hasta 4 veces al año (el primer día de abril, julio, octubre y enero). Hasta entonces, sólo se permitían 2 cambios.

Cotización como autónomo

 

Pues bien, si como autónomo tiene pensado cambiar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y la cuota a pagar, debe saber que podrá hacerlo, dentro de los límites permitidos según su edad, hasta el 31 de marzo de 2018 inclusive, y con efectos para el 1 de abril.

 

Además, también puede solicitar que la cuantía por la que cotiza se vaya incrementando automáticamente cada año en la misma proporción en que lo haya hecho la base mínima o máxima o, puede comunicar que renuncia a dicho incremento, siempre y cuando sea comunicado antes del 1 de abril.

 

Por ejemplo, en el caso de que usted sea autónomo “societario” (cotiza en el RETA porque tiene el control de su sociedad y trabaja en ella), su base mínima de cotización en 2018 será de 1.199,10 euros mensuales (excepto si se ha dado de alta en el RETA recientemente, en cuyo caso durante los 12 primeros meses de actividad su base mínima será de 919,80 euros).

 

Para más información, puede contactar con la asesoría laboral de GD Asesoría

dudas

¿Tienes alguna duda?

Si tienes alguna alguna duda acerca de "Modificación de la base de cotización como autónomo " ponte en contacto con nosotros.

Contacta ahora
Anterior
Siguiente