¿Hay que abonar la plusvalía municipal en la venta de inmuebles con pérdidas?

Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional anula la plusvalía municipal en la venta de un inmueble con pérdidas ante una cuestión planteada por un juzgado de San Sebastián, sumándose a otros pronunciamientos judiciales en el mismo sentido.

Plusvalía municipal e incremento de valor

Según el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (más conocido como plusvalía municipal) es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los terrenos. Por lo tanto, los vendedores están obligados a pagarlo a los municipios.

Sin embargo, siguiendo al pie de la letra la norma anterior, si no se ha producido un incremento de los terrenos o inmuebles transmitidos, el impuesto no debería exigirse.

Así lo han entendido los juzgados, entre los que destaca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del 18 de julio de 2013, que declaró que “cuando no se acredite y prueba que en el caso concreto no ha existido, en términos económicos y reales, incremento alguno, no tendrá lugar el presupuesto de hecho fijado por la ley para configurar el tributo, y éste no podrá exigirse”.

Lo que ocurre es que para el cálculo de la plusvalía se toma como referencia el valor catastral del terreno en el momento de su compra y se multiplica por el número de años transcurridos y por unos porcentajes que establece cada ayuntamiento. De esta manera, no se tiene en cuenta la ganancia o pérdida real que se haya producido en la transmisión, sino el aumento de valor experimentado en función de esta regla matemática.

En el caso de ser afectado por una situación semejante, se deberá iniciar un procedimiento, reclamando judicialmente y justificando la pérdida patrimonial para no pagar el importe de la plusvalía municipal o bien optar a recuperar lo abonado por este concepto.

Para más información, puede consultar con la asesoría legal fiscal de GD Asesoría. 

dudas

¿Tienes alguna duda?

Si tienes alguna alguna duda acerca de "¿Hay que pagar la plusvalía municipal en la venta de inmuebles con pérdidas? " ponte en contacto con nosotros.

Contacta ahora
Anterior
Siguiente