Impuesto-sobre-Sociedades-España

¿Alguna vez te has preguntado cómo el Impuesto sobre Sociedades (IS) puede afectar a tu empresa? Si eres propietario de un negocio, es fundamental comprender los aspectos clave de este tributo tan conocido.

Ya sea en una pequeña startup, en una mediana empresa en crecimiento o incluso en una gran corporación, este impuesto desempeña un papel fundamental en la estructura financiera de una organización.

Recuerda que el conocimiento es poder, y estar bien informado sobre el Impuesto sobre Sociedades te permitirá tomar decisiones financieras más sólidas y efectivas.

1) ¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?

Hay que partir de la base de que una de las manifestaciones más potentes de la capacidad económica que tiene una persona o una empresa es la renta que obtiene durante un determinado periodo

¿Conoces el IRPF, verdad? Es un impuesto que grava la renta obtenida por una persona física en concreto.

Pues bien, cuando la renta es obtenida por una persona jurídica (por ejemplo, una empresa), el sistema tributario español fija el Impuesto sobre Sociedades para que las empresas cumplan con su obligación de contribuir para las arcas públicas del Estado.

En términos generales, las empresas que generan ingresos, ya sean por ventas de productos o servicios, alquileres, inversiones o cualquier otra actividad económica, están obligadas a presentar una declaración y pagar el Impuesto sobre Sociedades en función de sus ganancias obtenidas durante un período fiscal determinado.

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2) ¿Quién tiene que pagar el Impuesto sobre Sociedades?

El IS deben pagarlo todas las empresas y personas jurídicas. Se incluyen dentro de este abanico toda clase de entidades, cualquiera que sea su forma o denominación, a excepción de las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil. También tiene que abonar este impuesto determinadas entidades sin personalidad jurídica, como por ejemplo los fondos de inversión.

En este sentido, es importante tener en cuenta que lo que determina la sujeción al IS es el hecho de residir en España. Una empresa es considerada residente en España si concurren alguno de los siguientes requisitos:

  • Cuando se ha constituido según las leyes españolas.
  • Cuando tiene su domicilio social en España.
  • Cuando tiene su sede de dirección efectiva.

Si continuamos hablando de territorio, también es fundamental saber que las empresas contribuyentes en España deben tener un domicilio fiscal que sirva como punto geográfico a efectos de poder relacionarse y de intercambiar información con la Administración tributaria.

Entidades exentas y parcialmente exentas

Por otra parte, hay entidades que están parcialmente exentas del IS. Por ejemplo, aquellas que opten por aplicar el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos. En esta ocasión, hablamos de entidades que tienen la obligación de declarar por la totalidad de sus rentas, tanto exentas como no exentas (fundaciones, asociaciones de utilidad pública, etc)

Aparte, existen organismos que directamente no están obligados a declarar (el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, el Banco de España, etc).

IS

3) ¿Cuándo hay que pagar el Impuesto sobre Sociedades?

La declaración del IS se debe presentar en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al fin del periodo impositivo. Esto quiere decir que, si en una empresa coincide el periodo impositivo con el año natural, tendrá hasta el 25 de julio para liquidarlo y abonarlo.

No hay un plazo de presentación único para todas las empresas que sean contribuyentes, sino que cada empresa tiene su propio plazo en función de la fecha en la que concluya su periodo impositivo, que puede coincidir con al año natural o no.

4) ¿Para qué sirve el modelo 200 y quién tiene que presentarlo?

El modelo 200 sirve para que los contribuyentes del IS declaren este impuesto. Asimismo, existe otro modelo destinado a aquellas empresas que operen bajo el régimen de consolidación fiscal (el modelo 220; hablamos de él más adelante)

Modelo 200

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¿Quién puede presentar el modelo 200?

El modelo 200 debe presentarse por Internet a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. Lo pueden hacer:

  • Los propios contribuyentes del impuesto o sus representantes legales.
  • Los representantes voluntarios de los obligados a tributar que tengan poderes.
  • Determinadas personas o entidades que tengan la condición de colaboradores sociales en la aplicación de tributos y cumplan ciertos requisitos y condiciones.

Para poder presentar de forma electrónica el modelo 200, el contribuyente debe disponer del Número de Identificación Fiscal. Además, es necesario que la presentación se lleve cabo empleando un certificado electrónico reconocido para tal fin.

¿A partir de cuándo se puede presentar el modelo 200?

Las empresas en las que su ejercicio económico coincide con el año natural deben presentar el modelo 200 entre 1 y el 25 de julio. Para el resto de empresas, se ha de realizar el cálculo de 6 meses tras el cierre del período impositivo.

Es importante tener en cuenta que, previamente a la presentación del IS, los contribuyentes tienen que presentar bastante documentación, por lo que se recomienda que llegado a este punto la empresa esté bien asesorada al respecto para no incurrir en errores que deriven en posibles sanciones económicas.

Modelo 220 – Consolidación fiscal

Además del modelo 200, existe el modelo 220: se trata de modelo específico destinado a los grupos fiscales que tributen por el régimen de consolidación fiscal.

Aparte del modelo 220, todas las empresas que formen un grupo fiscal (incluso la dominante), tienen la obligación de presentar las correspondientes declaraciones individuales en el modelo 200.

5) Devoluciones en el Impuesto sobre Sociedades

Si de la autoliquidación resulta que la suma de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados del IS es superior a la cuota resultante de dicha autoliquidación, la empresa podrá solicitar la devolución del exceso a través del correspondiente documento de ingreso o devolución (modelo 200 o 206).

En esta situación, la Administración tributaria practicará, si procede, liquidación provisional dentro de los 6 meses siguientes al fin del plazo establecido para la presentación de la declaración.

¿Qué ocurre si la declaración se ha presentado fuera de plazo? En este caso, los 6 meses a los que nos hemos referido en el párrafo anterior se computarán desde la fecha de su presentación.

Si de la liquidación provisional mencionada o de autoliquidación sale una cantidad a devolver, la Administración tributaria deberá devolver la cantidad resultante a la empresa, puesto que en realidad “ha pagado más de lo que debería”

6) ¿Cómo se calcula el Impuesto sobre Sociedades?

Hay varios aspectos a tener en cuenta a la hora de calcular el impuesto sobre sociedades. Nosotros te enseñamos un resumen y las bases del cálculo de este impuesto:

1 – En primer lugar, hay que determinar la base imponible, la cual se calcula a partir del resultado contable de la empresa, es decir, la diferencia entre ingresos y gastos. No todo es tan fácil: en este primer paso hay que realizar una serie de ajustes fiscales en función de cada situación empresarial.

2 – En segundo lugar, una vez definida la base imponible, es hora de aplicar el tipo impositivo vigente que corresponda. Por ejemplo, si el tipo que corresponde es del 25%, se aplica este porcentaje a la base imponible.

3 – Llegados a este punto hay que valorar y analizar las deducciones o bonificaciones que afecten al cálculo total del IS, puesto que en función del país y de las circunstancias particulares de cada empresa, puede haber deducciones y bonificaciones fiscales que reduzcan la cantidad de impuesto a pagar

4 – La cantidad que resulta de aplicar posibles deducciones y bonificaciones es la cantidad que la empresa debe abonar en concepto de IS.

¡Atención empresas!  

Es importante tener en cuenta que las normas fiscales pueden variar cada año y que existen otros aspectos más complejos en el cálculo de este impuesto, como ajustes por diferencias temporales y regímenes especiales. Por lo tanto, te recomendamos consultar a un experto en derecho tributario o contable para obtener información más precisa y adaptada a tu situación específica.

Preguntas y respuesas

7) ¿Cuál es la diferencia entre el Impuesto sobre Sociedades y el IRPF?

El IS se aplica a las empresas y grava los beneficios obtenidos, mientras que el IRPF es el impuesto que pagan las personas físicas sobre sus ingresos personales. Son dos impuestos distintos que se aplican a diferentes contribuyentes.

8) ¿Qué pasa si una empresa tiene pérdidas en lugar de beneficios?

Las empresas pueden compensar las pérdidas obtenidas en un período fiscal con los beneficios futuros o anteriores. Esto se conoce como "compensación de bases imponibles negativas".

9) ¿Cómo se puede minimizar la carga fiscal del IS?

Existen diversas estrategias legales para minimizar la carga fiscal de este impuesto, como aprovechar las deducciones y exenciones disponibles, planificar adecuadamente los gastos y las inversiones.

Es importante tener en cuenta que la planificación fiscal debe ser realizada con cuidado y cumpliendo siempre con la normativa vigente, por lo que muchas empresas deciden directamente buscar asesoramiento profesional en materia fiscal.

10) Principales novedades en el Impuesto de Sociedades en 2023

Cada año, la campaña del impuesto sobre sociedades trae consigo novedades que afectan a la declaración de este impuesto. Algunas de las más conocidas y que afectan a la declaración que se debe presentar en 2023 son:

1 - A partir del 1 de enero de 2023, las empresas que en el año anterior hayan facturado menos de un 1 millón de euros tendrán un tipo reducido del 23% en lugar del tipo general del 25%.

Esta novedad afecta sobre todo a las PYMES en España.

2 – Tributación mínima: para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2022, se fija una tributación mínima del 15% de la base imponible para aquellos contribuyentes del Impuesto con un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a 20 millones de euros y en todo caso, para los que tributen en el régimen de consolidación fiscal.

Esta novedad afecta a las grandes empresas en España.

11) Tipos impositivos del Impuesto sobre Sociedades

Estos son los principales porcentajes:

Tipo general: 25%

Entidades de nueva creación que realicen actividades económicas, excepto que tributen a un tipo inferior, aplicarán esta escala el primer período con base imponible positiva y el siguiente: 15%

Entidades de nueva creación constituidas entre el 1-1-2013 y el 31-12-2014 que realicen actividades económicas, que según la DT 22ª de la LIS pueden seguir aplicando el tipo establecido en la DA 19ª del R. D. leg. 4/2004, en el primer periodo impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente:

  • Por la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros: 15%
  • Por la parte de la base imponible restante: 20%

Entidades sin fines lucrativos que no reúnen requisitos Ley 49/2002: 25%.

Entidades sin fines lucrativos que sí cumplen Ley 49/2002: 10%.

Entidades de crédito: 30%.

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