Diferencias NIF definitivo y NIF provisional

La diferencia entre el NIF definitivo y el provisional es uno de los temas que hay que tener bien claros a la hora de crear una empresa en España, pues se trata de uno de los pasos clave a dar a la hora de constituir una sociedad.

No conocer las diferencias puede traer problemas. Por ejemplo, una sociedad con NIF provisional implica que los socios de la empresa son los que responden en representación de la empresa, a pesar de que esté firmada ya la constitución ante notario.

Pero, antes de entrar en detalle…

¿Qué es un NIF?

El número de identificación Fiscal (NIF) es un requisito esencial para cualquier empresa en España. Es la forma que tienen las sociedades de identificarse ante la Agencia Tributaria, y se emplea en todas las transacciones comerciales.

Diferencias entre NIF provisional y definitivo

El NIF provisional es un documento temporal que se emite cuando aún estás en proceso de crear la empresa.

Una vez firmada la escritura de constitución de la sociedad hay que obtener el NIF provisional en Hacienda, con el objetivo de que se pueda identificar a la empresa a efectos fiscales en primera instancia.

¿Quién puede solicitar el NIF provisional?

La solicitud del NIF provisional puede llevarse a cabo mediante el representante legal o apoderado de la sociedad, acreditando su condición mediante la exhibición de la correspondiente escritura pública de la constitución de la sociedad.

¿Para qué se necesita el NIF provisional?

  • Para poder autoliquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y AJD
  • Para poder llevar a inscribir la escritura de constitución de la sociedad al Registro Mercantil que corresponda.
  • En definitiva, se necesita para poder identificar a la “futura empresa” cuando esta vaya a realizar cualquier gestión que tenga relevancia en el ámbito tributario.

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¿Cómo se consigue el NIF provisional?

Para conseguir el N.I.F. deberás:

  • cumplimentar el modelo 036;
  • aportar el D.N.I. de la persona que firme dicha solicitud y;
  • aportar una copia simple de la escritura de la constitución de la sociedad que debe facilitarte el notario.

El NIF provisional que te proporcionen es temporal y limitado: tendrá una validez de 6 meses. Una vez pasado este plazo, debes cambiarlo por el NIF definitivo, que es el documento que recibirás una vez hayas completado el proceso de constitución de la sociedad.

Muchas empresas cometen el error de mantener el NIF provisional mucho más tiempo del que deberían. En la mayoría de las situaciones, esto sucede porque no saben las diferencias que hay entre el NIF provisional y el definitivo.

¿Cuándo hay que solicitar el NIF definitivo?

Una vez inscrita la sociedad en el Registro Mercantil, el último trámite de gestión mercantil que quedaría por hacer para crear la empresa sería volver a Hacienda para solicitar que cambien el NIF provisional por el definitivo.

El NIF definitivo es permanente y válido para toda la vida de la empresa. Una vez que lo obtienes, no tienes que preocuparte por renovarlo o actualizarlo a menos que realices cambios significativos en la estructura legal de tu empresa.

¿Qué documentación se necesita para conseguir el NIF definitivo?

  • Declaración censal de solicitud del N.I.F definitivo (modelo 036).
  • Fotocopia del DNI de la persona que firme el modelo censal (036)
  • Original y copia de la escritura pública en la que conste la nota inscripción firmada por el Registrador Mercantil (o en su defecto una certificación de inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil).
  • Original y copia de la escritura que acredite la representación de la persona que firma el modelo censal (normalmente suele coincidir con la propia escritura de constitución citada anteriormente).

¿Necesitas ayuda para crear tu empresa?

En GD Asesoría (Gesdocument) no solo nos encargamos de obtener tanto el NIF provisional como el definitivo, sino que estamos presentes durante todo el proceso de constitución de la empresa que quieras crear, desde la redacción de los estatutos hasta el inicio de la actividad.

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