Verifica tu Compromiso con la Sostenibilidad con GD Asesoría

Verificación EINF

¿Tu empresa se enfrenta al desafío del Estado de Información No Financiera (EINF)?

La Ley 11/2018 exige que ciertas organizaciones informen anualmente sobre cuestiones no financieras, lo que incluye aspectos sociales, derechos humanos, medio ambiente y más. Además, ¡deben verificar su informe con un experto independiente!

GD Asesoría es tu aliado en este camino hacia la transparencia y la sostenibilidad. No solo te asesoramos en la elaboración del EINF y lo verificamos, sino que también te ayudamos a mejorar tus procesos internos

Beneficios de nuestro servicio de verificación del EINF:

  • Experiencia Pionera: Somos una de las primeras firmas en certificar a nuestro equipo como Expertos Contables por entidades de renombre como el CGE, el ICJCE y la AECA.
  • Cumplimiento Legal: Te garantizamos el cumplimiento de los requisitos legales de manera eficiente.
  • Confianza y Credibilidad: La verificación independiente aumentará la confianza de tus inversores y consumidores.
  • Mejora Continua: No solo verificamos, también te acompañamos en la implementación de mejoras internas.

Más de 30 años
de experiencia

Más de 300 expertos
a su servicio

Más de 6.000 clientes
confían en nosotros

 No cumplir con el reporte del EINF puede implicar multas de hasta 300.000€

¿Que empresas están obligadas a realizar el EINF?

Están obligadas las Entidades de Interés Público de conformidad a la ley de auditoría de cuentas.

Las Empresas o Grupos Empresariales con más de 250 personas trabajadoras que cumplan con al menos uno de estos dos requisitos durante dos años consecutivos:

  • Más de 20 millones de € de activos (consolidado)
  • Más de 40 millones de € de cifra neta anual de negocios (consolidado)
Verificar EINF

 

Plazos Verificar EINF

 

 

¿Cuál es el plazo para realizar el EINF?

El plazo máximo de 3 meses, contados a partir del cierre del ejercicio social, para cumplir con el Estado de Información No Financiera (Ley 11/2018)

Si se ha cerrado el ejercicio el 31 de diciembre, tenemos hasta el 31 de marzo del año siguiente.