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La formalización de la herencia comporta la aceptación de la misma. A través de la aceptación, libre y voluntariamente, una persona llamada a una herencia manifiesta su voluntad de aceptarla o repudiarla.

¿Cuáles son los tipos de aceptación de una herencia?

A partir de la aceptación de herencia, el heredero entra a formar parte del patrimonio hereditario del causante y esta aceptación tiene dos posibilidades: la aceptación pura y simple y la aceptación a beneficio de inventario. Indicar que la aceptación de herencia nunca puede tener carácter parcial, es decir, no cabe aceptar una parte de los bienes y renunciar al resto. La aceptación debe ser total.

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¿En qué consiste la aceptación pura y simple de la herencia?

Mediante la aceptación pura y simple, el heredero asume las cargas del causante, respondiendo con su patrimonio propio y sin limitación. Es una aceptación del activo y pasivo del causante, que le llevará a responder de las deudas del causante, más allá de lo que reciba.

La aceptación pura y simple puede ser expresa o tácita.

Será expresa cuando se lleve a cabo en documento privado o público. Será tácita cuando no existiendo documento de aceptación, el llamado a la herencia realice actos dispositivos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar.

¿En qué consiste la aceptación a beneficio de inventario?

Mediante la aceptación a beneficio de inventario, el heredero responde de las deudas del causante, hasta donde alcance la porción de su herencia. Quiere ello decir, que el patrimonio personal del heredero, no responderá de las deudas del causante.

Es importante señalar que cuando coexisten varios herederos, jurisprudencialmente se entiende que todos los herederos responden solidariamente, si bien el acreedor del causante podrá dirigirse a uno o varios herederos indistintamente, sin perjuicio de la reclamación posterior del heredero perjudicado contra los otros herederos.

Indicar que cuando la persona que ha de aceptar la herencia a través de sus representantes legales, sea un menor de edad sujeto a patria potestad o un tutelado, esa aceptación siempre tiene la consideración de “a beneficio de inventario”. En el caso de que sea un incapacitado y la aceptación realizada por su tutor o curador sea pura y simple, se requerirá autorización judicial.

¿Cuáles son las formas de renunciar a una herencia?

La renuncia a la herencia tiene también dos formas distintas: la renuncia pura, simple y gratuita o bien la renuncia traslativa en favor de personas determinadas llamadas en la herencia.

La renuncia pura y simple no implica la transmisión del derecho a suceder. Heredan los parientes del grado siguiente, por su propio derecho, con independencia del renunciante.

La renuncia traslativa no implica una renuncia propiamente dicha, sino más bien una cesión de derechos que han de ser adquiridos previamente a ser cedidos. Es decir, sería un acto posterior a la aceptación y que produce efectos fiscales de donación.

Como nota de interés, hay que hacer constar que la renuncia a una herencia prescrita, produce fiscalmente la consideración de una donación en favor de los herederos beneficiados.

Este contenido es informativo; si quieres resolver dudas o aclarar cuestiones sobre herencias, testamentos y sucesiones, puedes ponerte en contacto con nuestros profesionales sin ningún compromiso.

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