¿Cómo afecta la protección de datos al registro de salarios?

La Agencia de Protección de Datos ha elaborado una Guía sobre la protección de datos en las relaciones laborales en la que establece ciertos aspectos a considerar. Aquí trataremos la manera en la que la protección de datos incide a la hora de llevar un registro de salarios.

En primer lugar, es importante recordar que el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 902/2020 obligan al empleador a llevar un registro de salarios obligatorio desde el 14 de abril de 2021. Aquí te contamos en detalle en qué consiste esta obligación empresarial: Registro de salarios por sexos.

Registro salarial y protección de datos

En referencia a los aspectos a considerar en materia de protección de datos a la hora de realizar un registro retributivo, la mencionada Guía destaca las siguientes consideraciones:

  1. En primer lugar, recuerda que el deber de llevar un registro de salarios es una obligación legal, por lo que no se requiere el consentimiento de las personas trabajadoras.
  2. El registro retributivo no justifica el tratamiento de datos personales y la norma que lo regula no es una base jurídica para ello, pues en dicho registro no ha de constar el salario de cada persona trabajadora, sino los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
  3. En el registro de salarios deben figurar datos disociados y no personales. Tampoco debe aparecer información con la que se pueda identificar a una persona.
  4. No se contempla el derecho a la información, ni el ejercicio de derechos de acceso, rectificación, oposición y supresión, pues no se produce un tratamiento de datos personales.
  5. En cuanto a las consultas que se pueden hacer sobre el registro salarial, la información que se debe facilitar depende de si la empresa cuenta o no con representación legal de los trabajadores.

Aunque desde la AEPD recuerdan que el registro de salarios no tiene porqué implicar un tratamiento de datos, advierten de que el dato disociado podría convertirse en dato personal respecto de aquellas categorías o grupos profesionales con un reducido número de personas trabajadoras. ¿Qué ocurre en este tipo de casos en los que por mera deducción un dato puede ser personal?

  • El registro debe contar con las medidas de seguridad basadas en el análisis de riesgos conforme al Reglamento General de Protección de Datos
  • El empleador debe informar a las personas trabajadoras del tratamiento de datos personales y de su finalidad
  • Los representantes de las personas trabajadoras están obligados a respetar la confidencialidad en relación a esta información.

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