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Se prorroga y modifica el Programa de Activación para el Empleo

El Real Decreto Ley 7/2017, de 28 de abril, prorroga, con efectos hasta el 15 de abril de 2018, el Programa de Activación para el Empleo (PAE) e incluye una serie de modificaciones para ampliar el acceso al mismo.

Programa de Activación

Esta serie de cambios han sido planteados en diálogo con los interlocutores sociales con el objetivo de facilitar la atención al colectivo de desempleados. De esta manera:

  • Se permite el acceso al mismo a todos aquellos que hayan agotado una prestación contributiva o un subsidio por desempleo, y no solo Renta Activa de Inserción (RAI), Programa de Recualificación Profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo (PREPARA) o Programa Temporal de Protección o Inserción (PRODI).
  • Se permite que puedan incorporarse al programa las personas que, aunque no estuvieran inscritas como demandantes de desempleo a la entrada en vigor de esta segunda prórroga, sí lo estuvieran a fechas 1 de diciembre de 2014 o 1 de abril de 2016 y cumplan el resto de los requisitos.
  • Se reducen los plazos de espera para solicitarlo, de seis meses a un mes.
  • Se reduce el plazo de inscripción como demandante de empleo, de 360 a 270 días, dentro de los dieciocho meses anteriores a la solicitud de incorporación.
  • Se facilita la acreditación de búsqueda activa de empleo a través de las agencias de colocación.

Se estima que esta prórroga y las modificaciones señaladas podrían permitir acceder al programa a unas 210.000 personas, suponiendo un gasto total de 537 millones de euros.

Entre diciembre de 2014 y el 15 de abril de 2017 han sido atendidos 233.195 solicitantes del PAE, de los cuales 150.934 han accedido a la ayuda económica. Uno de cada tres beneficiarios del mismo ha obtenido una colocación en los doce meses siguientes a su incorporación al mismo. El 88% de los que han percibido la prestación y la han compatibilizado con el empleo han mantenido el trabajo tras finalizar el programa.

Le recordamos que todas las empresas que contraten a desempleados que estén cobrando la ayuda del PAE podrán descontar el importe de esta ayuda de la cuantía que les corresponda percibir como salario, durante un máximo de 5 meses. Además,el PAE es compatible con las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.

Para más información, puede contactar con los asesores laborales de GD Asesoría.

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