Porcentajes aplicables a la exoneración de cuotas en ERTEs

Desde nuestra Asesoría Laboral hemos seguido con detalle temas como la nueva prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero de 2021, cómo han ido variando los porcentajes de las exoneraciones de las cuotas a la Seguridad Social y con qué nuevos tipos de ERTE nos podemos encontrar.

Información actualizada a octubre de 2020: ERTE y exoneración de las cotizaciones a partir de octubre

En este artículo leerás las medidas vigentes antes de la aprobación y publicación del Real Decreto-ley, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.

Exoneración de cuotas en ERTEs por fuerza mayor total

Los ERTE por fuerza mayor total pasan a ser ‘’ERTE de transición’’ hasta el 30 de septiembre. Hasta la publicación de esta normativa, las empresas con menos de 50 trabajadores acogidas a ERTE por fuerza mayor total no tenían la obligación de pagar cotizaciones a la Seguridad Social. La novedad que introduce el nuevo Real Decreto-ley es que este tipo de empresas ahora sí tendrá que pagar impuestos, en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social, y siguiendo estos porcentajes:

  • 70% en julio;
  • 60% en agosto;
  • y del 35% en septiembre.

Para las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores y que sigan con la actividad suspendida (y que, recordemos, antes estaban exentas del 75% de las cotizaciones), la exoneración de cuotas a la Seguridad Social será del:

  • 50% en julio
  • 40% en agosto
  • y del 25% en septiembre

Exoneración de cuotas en ERTEs por fuerza mayor parcial 

En relación a este aspecto, el Real Decreto-ley introduce dos novedades importantes:

  1. Hasta el momento, esta ayuda en forma de exoneración de cuotas solo estaba prevista para los expedientes motivados por fuerza mayor total o parcial. Ahora también se contempla para los ERTEs por productividad (ETOP)
  2. En ambas situaciones de ERTE se aplican los mismos porcentajes que, como veremos a continuación, varían en función del número de trabajadores de la empresa.

Porcentaje de exoneración de cuotas a la Seguridad Social en caso de ERTES por fuerza mayor parcial o ERTE por productividad ETOP:

  • las empresas que cuenten con menos de 50 trabajadores podrán acceder a unas exoneraciones del 60% para los empleados que hayan sido reactivados y del 35% para los que sigan con la actividad suspendida en ERTE;
  • las empresas con más de 50 trabajadores en su plantilla, tendrán una exoneración del 40% para los empleados que hayan vuelto a trabajar y del 25% para los que sigan suspendidos/afectados por el ERTE.

Visita este enlace para conocer 10 preguntas necesarias sobre exoneración de cuotas en ERTE por fuerza mayor

erte-exoneracion-cuotas

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones 

Actuación en los ERTE por fuerza mayor en caso de rebrote

El Real Decreto-ley fija nuevas condiciones para que las empresas puedan acogerse a ERTE por fuerza mayor en caso de rebrotes: se extiende la fuerza mayor total en tal caso, con exoneraciones del:

  • 80% para empresas con menos de 50 trabajadores;
  • y del 60% para las que superan esta plantilla.

Para más información, contacta con nuestra asesoría fiscal sin compromiso

dudas

¿Tienes alguna duda?

Si tienes alguna alguna duda acerca de "Porcentajes aplicables a la exoneración de cuotas en ERTEs " ponte en contacto con nosotros.

Contacta ahora
Anterior
Siguiente