Mecanismo de Equidad Intergeneracional

En 2023 entró en vigor el denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), una nueva cotización de aplicación tanto para la empresa como para sus trabajadores que ya preveía la Ley 21/2021, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

Esta novedad afecta tanto a empresas como a trabajadores también durante el próximo año 2024 y siguientes. ¿En qué consiste? ¿Qué supone? Te lo contamos todo.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional en la nómina (MEI)

El MEI es un mecanismo que fija un incremento de cotización de X puntos porcentuales (depende del año) aplicado sobre la base de contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en la que exista la obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación.

  • En 2023, el porcentaje destinado a la Seguridad Social fue de un 0,6%.
  • En 2024, el porcentaje destinado a la Seguridad Social será de un 0,7%.

Podríamos decir que se trata de un nuevo "impuesto" de nóminas que se empezó a aplicar en 2023 y que seguirá aplicándose de manera progresiva año tras año. Hablamos de una "nueva" contribución que deben realizar a la Seguridad Social tanto las empresas como sus empleados para hacer frente al pago de las pensiones. 

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Subida progresiva de la cotización MEI

El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo reajusta la configuración inicial del MEI del 0,6% en 2023 de forma gradual hasta llegar prácticamente al 1,2% en 2029.

Concretamente, la cotización finalista del MEI tiene efectos desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2050 con arreglo a la siguiente escala:

  • En el año 2023, será de 0,60 puntos porcentuales, de los que el 0,50 corresponderá a la empresa y el 0,10 al trabajador.
  • En el año 2024, será de 0,70 puntos porcentuales, de los que el 0,58 corresponderá a la empresa y el 0,12 al trabajador.
  • En el año 2025, será de 0,80 puntos porcentuales, de los que el 0,67 corresponderá a la empresa y el 0,13 al trabajador.
  • En el año 2026, será de 0,90 puntos porcentuales, de los que el 0,75 corresponderá a la empresa y el 0,15 al trabajador.
  • En el año 2027, será de 1 punto porcentual, del que el 0,83 corresponderá a la empresa y el 0,17 al trabajador.
  • En el año 2028, será de 1,10 puntos porcentuales, de los que el 0,92 corresponderá a la empresa y el 0,18 al trabajador.
  • En el año 2029, será de 1,2 puntos porcentuales, de los que el 1,00 corresponderá a la empresa y el 0,2 al trabajador.
  • Desde el año 2030 hasta 2050 se mantendrá el mismo porcentaje del 1,2, con igual distribución entre empresario y trabajador.

Nueva cotización para empresas y trabajadores en 2024

Esta cotización adicional afecta a todos los trabajadores que estén dados de alta en la Seguridad Social, incluidos los autónomos, independientemente de cuáles sean los ingresos que perciban. No importa ni la categoría profesional ni el convenio colectivo de aplicación.

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¿A quiénes no aplica el MEI?

El Boletín de Noticias RED de la Seguridad Social de 28 de diciembre de 2022 señala que no se aplicará a aquellos colectivos de trabajadores excluidos de cotizar por la contingencia de jubilación, no siendo de aplicación, por tanto, entre otros supuestos, en los siguientes casos:

  • Trabajadores obligados a cotizar exclusivamente por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, contingencias profesionales y cotización por solidaridad (por ejemplo, jubilados activos)
  • Colectivos obligados a cotizar exclusivamente por contingencias profesionales.
  • Alumnos de nuevo ingreso Ministerio de Defensa RDL 13/2010
  • Tampoco se aplicará a los Trabajadores que desarrollan programas de formación y prácticas no laborales y académicas.

Modificaciones en el ámbito de cotización

En relación con el cálculo de esta cotización se ha decidido crear dos nuevos conceptos económicos:

  • 555 – Mecanismo de Equidad Intergeneracional MEI: cuando existe aportación obrera y empresarial
  • 557 – Mecanismo de Equidad Intergeneracional MEI Empresarial: cuando existe únicamente aportación empresarial.

Tal y como indican desde la Seguridad Social, estos conceptos se totalizarán en el concepto 598 “Liquido de contingencias comunes”, que se reflejará en todos los recibos.

En definitiva, hablamos de un nuevo concepto de cotización que las personas dadas de alta en la SS verán reflejado en sus nóminas en un 0,7% durante 2024. 

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