El Tribunal Supremo avala la grabación en vídeo como prueba para el despido

El pleno del Tribunal Supremo admite definitivamente las grabaciones efectuadas por cámaras de vídeo-vigilancia en el centro de trabajo como prueba en los juicios por despido, al dictar una sentencia en unificación de doctrina que establece el criterio a aplicar en casos idénticos, la sentencia 77/2017, de 31 de enero 2017. 

El caso al que hace referencia este pronunciamiento del Tribunal Supremo es el de una empresa que despidió a un dependiente por transgresión de la buena fe contractual, fraude, deslealtad y abuso de confianza basándose en las grabaciones de las cámaras de seguridad del establecimiento donde aparecía en una “presunta actuación de hurto y manipulación de tickets”.

No obstante, tanto el juzgado de lo Social de Barcelona como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictaminaron que la prueba había sido obtenida vulnerando el derecho a la protección de datos del trabajador, por falta de información previa sobre el objetivo de la instalación de las cámaras de seguridad.

Ahora, la sentencia del Supremo concluye que la prueba es válida, al considerar que los empleados conocían la presencia de las cámaras de vídeo-vigilancia al existir un cartel que indicador de este hecho así como su ubicación. Además añade que no se precisa un consentimiento explícito de los trabajadores a ser grabados puesto que se presupone con la mera existencia de la relación laboral.

Nuevo criterio sobre las grabaciones de vídeo

Anteriormente, se habían dictado sentencias contradictorias sobre la validez de las grabaciones de vídeo en el centro de trabajo. Con este dictamen del Tribunal Supremo se establece un precedente importante para que las empresas puedan hacer uso de este tipo de grabaciones.

A partir de ahora, siempre que los empleados sepan que hay cámaras de vídeo-vigilancia en su lugar de trabajo y su ubicación, podrán utilizarse las grabaciones como pruebas en el caso de que cometan un acto ilícito, sin que ello vulnere sus derechos fundamentales.

Para más información, puede contactar con los asesores laborales de GD Asesoría. 

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