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La “Ley Crea y crece”, aprobada y publicada de manera oficial en el BOE el 29 de septiembre de 2022, obliga a empresas y profesionales a emitir facturas electrónicas de manera generalizada en España para las operaciones B2B (Business to Business).

Concretamente, todos los empresarios y profesionales deberán expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales. Es decir, hablamos de una obligación que afecta si las facturas se emiten para otras compañías/empresarios. Por tanto, no afecta si la factura se emite a cliente final.

Tal y como indica la “Ley Crea y Crece”, la promoción del uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales es una medida para digitalizar las relaciones empresariales, reducir costes de transacción y facilitar la transparencia en el tráfico mercantil.

En cuanto a los partícipes de la emisión y recepción de las facturas electrónicas, los destinatarios pueden solicitar copias de las mismas siempre y cuando se encuentren dentro del plazo de 4 años desde la emisión de las mismas. Por otro lado, con la nueva Ley, tanto el destinatario como el emisor de las facturas electrónicas deben proporcionar información sobre los estados de la factura.

Eso sí, estas novedosas medidas sobre facturación electrónica tardarán un tiempo en entrar en vigor….al final de este post hablamos de plazos y calendarios de implantación de esta obligación 👇

✅ ¿Quiénes están obligados a expedir, remitir y recibir facturas electrónicas?

Todos los empresarios y profesionales deben expedir y remitir facturas en sus relaciones comerciales.

Hablamos de una regla general que deben cumplir todos los empresarios y profesionales que trabajen con relaciones comerciales B2B.

Sobre las empresas prestadoras de servicios de facturación electrónica

Las empresas proveedoras que presten servicios de facturación electrónica a empresarios y profesionales deben expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones con particulares que acepten recibirlas o que las hayan solicitado expresamente.

Además, tal y como indica la “Ley Crea y Crece”, estas empresas deben facilitar acceso a los programas necesarios para que los usuarios puedan leer, copiar, descargar e imprimir la factura electrónica de forma gratuita sin tener que acudir a otras fuentes para proveerse de las aplicaciones necesarias para tal fin.

❌ Posibles sanciones a las que se enfrentan las empresas obligadas

Las empresas que, estando obligadas a ello, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso de las personas que han dejado de ser clientes a sus facturas, se enfrentan a posibles sanciones con apercibimiento o una multa de hasta 10.000 euros.

📆 Facturas electrónicas: plazos y calendario de implantación

Para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8 millones de euros, estas novedades producirán efectos al año siguiente de aprobarse el reglamento de desarrollo.

Para el resto de los empresarios y profesionales, estas nuevas medidas producirán efectos a los 2 años de aprobarse del reglamento de desarrollo.

Tal y como indica la Ley, el plazo para aprobar estos desarrollos reglamentarios es de 6 meses a contar desde el 29 de septiembre de 2022.

Es decir: los empresarios y profesionales tienen de plazo uno o dos años (dependiendo de cuál sea su facturación anual) desde que se apruebe el desarrollo reglamentario para adaptarse y cumplir con estas nuevas medidas.

Estas son las principales novedades que destacamos sobre las nuevas medidas relacionadas con las facturas electrónicas.

Cuando se apruebe el desarrollo reglamentario tendremos más detalles sobre los requisitos técnicos y de información a incluir en la factura electrónica.

Ventajas de la factura electrónica

  • Es un instrumento útil para reducir los costes de transacción del tráfico mercantil.
  • Puede servir para facilitar el acceso a la información sobre los plazos de pago entre empresas.
  • Es una herramienta que sirve para luchar contra la morosidad.
  • Garantiza el control de pagos.
  • Supone un ahorro a nivel medioambiental, de gestión y de tiempo.
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