¿Se puede embargar la caja diaria recaudada de un establecimiento abierto al público?

En los procedimientos de reclamación de cantidad por impago de facturas, los acreedores se pueden encontrar con que a la hora de ejecutar la sentencia favorable a su demanda, siguen sin poder cobrar, ya que el deudor no tiene saldo en sus cuentas, ni inmuebles, etc.

Embargo de la caja diaria

Cuando el deudor cuente con un establecimiento abierto al público y plenamente operativo (como por ejemplo, una frutería, un bar, una tienda de ropa, etc.) existe la posibilidad de solicitar al juzgado que embargue la caja diaria recaudada de ese comercio, ya que la Ley permite el embargo de rendimientos, frutos o rentas de actividades económicas.

En estos casos, el funcionario judicial se presentará en el establecimiento del deudor, sin previo aviso, y solicitará la apertura de la caja registradora, levantando un acta en la que contabilizará las cantidades encontradas, las cuales quedarán en poder del juzgado para entregárselas después al acreedor.

Por lo tanto, le recomendamos que tenga presente esta posibilidad de embargo al tratar de cobrar deudas.

Para más información, puede contactar con nuestros expertos de la asesoría mercantil GD Asesoría para que le asesore.

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